¿Sabía usted que el derecho de petición en la propiedad horizontal puede ser un instrumento para abrir un debate completo, para que se adopten determinadas decisiones, para intentar forzar un pronunciamiento de los órganos de administración sobre algo que preocupa a uno o más propietarios?
El derecho de petición está plasmado en el artículo 23 de la Constitución de 1991 que establece que: "Todo persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivo de interés general o particular y a obtener pronta resolución". El derecho de petición también se halla expresado en el artículo 24 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.
El 30 de junio de 2015 el Legislativo reglamentó mediante la Ley 1755 de 2015 el Derecho de Petición de toda persona ante organizaciones privadas para garantizar sus derechos fundamentales, especialmente en los casos en los cuales exista una relación de subordinación (como la que hay entre administrador y empleados) o indefensión (cuando la administración asume una posición dominante por ser autoridad y el propietario o residente no tiene medios de defensa para oponerse a la amenaza de sus derechos). Ver la publicación acción de tutela para una distinción entre subordinación e indefensión.
Ahora ya los propietarios tenemos el derecho a ser oídos y a ser informados sobre los temas y decisiones que nos afectan y a oponernos a los abusos o ineficiencias o falta de transparencia en que incurran los centros de poder de los edificios o conjuntos, basados en su posición dominante o falta de idoneidad. Ahora ya podemos quejarnos, hacer reclamos, demandar información o documentos, interponer una consulta, solicitar el reconocimiento de un derecho.
La mencionada ley establece que: Toda persona podrá ejercer el derecho de petición para garantizar sus derechos fundamentales ante organizaciones privadas con o sin personería jurídica, tales como sociedades, corporaciones, fundaciones, asociaciones, organizaciones religiosas, cooperativas, instituciones financieras o clubes, edificios y conjuntos de propiedad horizontal.
Y también que: Las organizaciones privadas sólo podrán invocar la reserva de la información solicitada en los casos expresamente establecidos en la Constitución Política y la ley. El rechazo de una petición de información o documentos relacionados al objeto de la persona jurídica (originada en la constitución de la propiedad horizontal) será motivada y debe indicar en forma precisa las disposiciones legales que impiden la entrega de información o documentos y, obviamente, deberá notificarse al peticionario.
Ninguna entidad privada podrá negarse a recibir y radicar solicitudes y peticiones respetuosas, so pena de incurrir en sanciones y/o multas por parte de las autoridades competentes.
Y también que: Las organizaciones privadas sólo podrán invocar la reserva de la información solicitada en los casos expresamente establecidos en la Constitución Política y la ley. El rechazo de una petición de información o documentos relacionados al objeto de la persona jurídica (originada en la constitución de la propiedad horizontal) será motivada y debe indicar en forma precisa las disposiciones legales que impiden la entrega de información o documentos y, obviamente, deberá notificarse al peticionario.
Ninguna entidad privada podrá negarse a recibir y radicar solicitudes y peticiones respetuosas, so pena de incurrir en sanciones y/o multas por parte de las autoridades competentes.
Los derechos de petición se pueden hacer en forma escrita o verbal y en la propiedad horizontal pueden clasificarse en los siguientes tipos:
- Derecho de petición en interés general: es la solicitud realizada en la cual el asunto objeto de la petición se hace por motivos de conveniencia general para el edificio o conjunto.
- Derecho de petición en interés particular: es la solicitud realizada, en la cual el asunto objeto de la petición guarda relación directa con el peticionario (propietario, tenedor, residente).
- Derecho de petición de información y solicitud de copias de documentos: es la facultad que tienen los propietarios, de solicitar y obtener acceso a la información relacionada con las actuaciones derivadas del cumplimiento de las funciones atribuidas a la órganos de administración.
- Derecho de formulación de consultas: es el poder que tienen los propietarios, para solicitar conceptos escritos o verbales en relación con las materias a cargo de los órganos de administración.
Los derechos de petición se presentan mínimo con la siguiente información:
- Nombre y cargo (administrador, presidente consejo, revisor fiscal) de la persona a quien se dirige la petición, y nombre del edificio o conjunto.
- Nombre completo de la persona que presenta la petición, el tipo y numero del documento de identificación, la ciudad y dirección donde recibe la correspondencia
- El propósito de la petición, es decir, qué quiere, qué pide, qué plantea, qué necesita saber
- Las razones del por qué hace la petición, el por qué de la solicitud, de la queja, del reclamo
- La relación de los documentos que presenta y que complementan las razones de la petición
- Oportunidad: 15 días hábiles para las peticiones de interés general o particular; 10 días para la solicitud información y reproducción de documentos; 30 días para consultas en relación a las materias a su cargo.
- Debe darse respuesta de fondo, clara, precisa y de manera congruente con lo solicitado. Que la respuesta no sea ambigua, que se refiera a la solicitud o queja, que expliquen con claridad y en pocas palabras el procedimiento para atender la solicitud o queja, y en caso de que la petición sea negada, entonces que informen las razones por las cuales es negada.
- Ser puesta en conocimiento del propietario.
Como alternativa a la demanda por tutela, el propietario tiene la opción de acudir al Comité de Convivencia del edificio o a Centros de Conciliación gratuitos como la Personería del Distrito o los de las universidades. También puede insistir ante la administración a que le responda la petición como lo señala ley. Esa insistencia no es acoso de ninguna naturaleza, ni se puede interpretar como un problema personal, es exigir que se respete el derecho fundamental de petición.
Mayor información:
Sitio web de la Corte Constitucional
Nuevo Código de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011)
Sentencias 951 de 2014 y 274 de 2013 de la Corte Constitucional
Ley 1755 de 2015
Ley 1712 de 2014
¿Sabía usted que en el alcoholismo, en la depresión, en el estrés, en el nerviosismo, en los trastornos del ritmo cardíaco, en los trastornos prostáticos, en las enfermedades autoinmunes, en el cáncer y en algunos casos de angina de pecho se ha podido comprobar un beneficio con el uso del oligoelemento magnesio?.
Ley 1712 de 2014
¿Sabía usted que en el alcoholismo, en la depresión, en el estrés, en el nerviosismo, en los trastornos del ritmo cardíaco, en los trastornos prostáticos, en las enfermedades autoinmunes, en el cáncer y en algunos casos de angina de pecho se ha podido comprobar un beneficio con el uso del oligoelemento magnesio?.
DESEO SABER COMO REALIZAR UN DERECHO DE PETICIÓN PARA ACORDAR FORMA DE PAGO.
ResponderEliminarelianasabogal@gmail.com. gracias
buenas tardes, comuniquece por correo a chavesymayorgasas@gmail.com y con gusto atenderemos su caso
Eliminarquiero enviar una pregunta cómo lo debo hacer una pregunta aquí gracias
EliminarQuiero colocar derecho de petición a una administración que esta aplicando los pagos que se han realizado a cuota de administración los esta aplicando a cuota extraordinaria asi generando retroactivos he intereses de mora sobre la cuota de administración como lo debo hacer?
Eliminarcomo dedo hacer un derecho de peticion para solicitar un parqueadero para persona en condiccion de discapacidad
EliminarDESEO SABER COMO REALIZAR UN DERECHO DE PETICIÓN PARA ACORDAR FORMA DE PAGO.
ResponderEliminarelianasabogal@gmail.com. gracias
Un administrador de propiedad horizontal puede contratar servicios como los son construcción de andenes, además ser supervisor del contrato Qué requisitos deben ser soportes de estos? se deben registrar ante alguna entidad del estado? cual es suma en pesos para celebrar un contrato? el administrador de copropiedad puede ejecutar dineros que no están presupuestados durante su vigencia? como se puede garantizar la transparencia en la ejecución de obras que superan cifras de 30 millón de pesos y quien puede solicitar una auditoria? el administrador puede llevar en su contabilidad cuentas a cargo de elementos de cafetería, casino y restaurante, transporte, incentivos y demás? es legal no tener revisor fiscal ni contador en la unidad? es legal que los coeficientes sean iguales para todos pero el cobro de administración diferente? dentro de los principios de transparencia hasta donde es ético que el presidente del consejo y el administrador se auditen ellos mismos en un nuevo periodo? deben tener algún soporte probatorio de tal actividad? qué entidad puede verificar la ejecución de obras realizadas en la PH? un acta de asamblea puede contravenir lo establecido en la escritura de propiedad horizontal? Un contador puede firmar estados financieros sin ser contratado? El administrador al momento de su posesión debe informar la situación en la que recibe su cargo? Si una acta de asamblea no es elevada a escritura pública tiene validez legal teniendo en cuenta la jerarquía de las normas?
ResponderEliminarSi pueden hacer todo eso y mucho más, la transparencia y el objeto de la propiedad no lo garantiza NADIE, el consejo de administración se convierte en una especie de mafia tan miedosa que ni los propietarios se atreven a modular, si sus derechos no son respetados usted sale perdiendo porque le toca pagar abogado y seguir viviendo con el enemigo. Las personas realmente no compran una propiedad lo que compran es el derecho a pagar administración por vivir en una comunidad hecha por aluvión con personas analfabetas en respeto, cultura ciudadana y convivencia.
EliminarSi pueden hacer todo eso y mucho más, la transparencia y el objeto de la propiedad no lo garantiza NADIE, el consejo de administración se convierte en una especie de mafia tan miedosa que ni los propietarios se atreven a modular, si sus derechos no son respetados usted sale perdiendo porque le toca pagar abogado y seguir viviendo con el enemigo. Las personas realmente no compran una propiedad lo que compran es el derecho a pagar administración por vivir en una comunidad hecha por aluvión con personas analfabetas en respeto, cultura ciudadana y convivencia.
EliminarTotalmente de acuerdo, es una mafia total, solo hay intereses personales entre los miembros del consejo y la administración. Lastimosamente la ley 675 no sirve para nada, todo son vacíos que dejan al copropietario quien es el que paga vulnerable y desprotegido. hasta cuando se hará una reforma total a esta ley que solo le sirve a quienes se creen dueños de las urbanizaciones....
EliminarEs cierto los miembros del Consejo e complicidad con administrador Contador revisor fiscal lo vuelven una plutocracia y los propietarios son Mt pocos los q reclaman por generalmente quienes asistimos a dichas reuniones no conocemos ningún derecho ni ley y por tanto sol queremos evitar la multa por innacistencia
Eliminarbueno, el derecho de petición en el articulo 32 es claro, en expresar a quien se aplica, no se menciona a las comunidades organizadas como la propiedad horizontal, es mejor consultarlo, porque este es un régimen especial y sui generis, porque al expresar organ privadas, y señar cuales, no se menciona este regimen y si estoy de acuerdo que fue una falencia de la ley, porque le 70% de la poblacion se convive en ph, de otra parte, es claro que cuando exiten otros medios judiciales uno debe acudir a ellos y no al juez tutelar, dice la norma que el persona y defensor del pueblo prestaran asistencia para garantizar el ejercicio del derecho, ahora documentos diferentes al acta se deben entregar cuales porque los estados financieros e informes por ley se entregan con la citacion, cuales son los de reserva de las administraciones, porque el tenedor es el administrador y no puede entregar doc. diferentes señalados por la ley comno el acta, los demas lo debe autorizar la asamblea o un juez, eso esta claro y debe quedar claro. a dicho la corte constitucional que el foro donde se debaten los temas inherentes a las copropiedades es en su maximo organo de direccion yadministracion como es la asamblea. Ser oidos se debe aclarar es exactamente lo que dijo la corte, en lo que afecte a las personas, pero no deliberqan ni toman decisiones eso tambien debe quedar claro, y no olvidar lo de los documentos, los juzgados han sido claro que el tenedor de los documentos es el administrador y este le rinde cuentas de su gestion y de los bienes comunes es a la asamblea, los bienes son inmuebles, muebles, equipos, documentos y recursos., bueno esto con el objeto de fijar un punto de vista sobre este tema dentro del regimen legal y especial de la p. H, POR LO DEMAS debo expresar que me gusta esta serie de aportes a la comunidad.
ResponderEliminarcordial saludo muy amablemente le informo que se lea la sentencia C-318-02 don de le aparece sobre las peticiones en las propiedades horizontales Buenos dias
Eliminarcordial saludo muy amablemente le informo que se lea la sentencia C-318-02 donde le aparece sobre las peticiones en las propiedades horizontales Buenos dias
Eliminarbueno, el derecho de petición en el articulo 32 es claro, en expresar a quien se aplica, no se menciona a las comunidades organizadas como la propiedad horizontal, es mejor consultarlo, porque este es un régimen especial y sui generis, porque al expresar organ privadas, y señar cuales, no se menciona este regimen y si estoy de acuerdo que fue una falencia de la ley, porque le 70% de la poblacion se convive en ph, de otra parte, es claro que cuando exiten otros medios judiciales uno debe acudir a ellos y no al juez tutelar, dice la norma que el persona y defensor del pueblo prestaran asistencia para garantizar el ejercicio del derecho, ahora documentos diferentes al acta se deben entregar cuales porque los estados financieros e informes por ley se entregan con la citacion, cuales son los de reserva de las administraciones, porque el tenedor es el administrador y no puede entregar doc. diferentes señalados por la ley comno el acta, los demas lo debe autorizar la asamblea o un juez, eso esta claro y debe quedar claro. a dicho la corte constitucional que el foro donde se debaten los temas inherentes a las copropiedades es en su maximo organo de direccion yadministracion como es la asamblea. Ser oidos se debe aclarar es exactamente lo que dijo la corte, en lo que afecte a las personas, pero no deliberqan ni toman decisiones eso tambien debe quedar claro, y no olvidar lo de los documentos, los juzgados han sido claro que el tenedor de los documentos es el administrador y este le rinde cuentas de su gestion y de los bienes comunes es a la asamblea, los bienes son inmuebles, muebles, equipos, documentos y recursos., bueno esto con el objeto de fijar un punto de vista sobre este tema dentro del regimen legal y especial de la p. H, POR LO DEMAS debo expresar que me gusta esta serie de aportes a la comunidad.
ResponderEliminarBdia. Necesito su asesoria x favor. Compramos un apto en ph.. la cual continua en construccion de areas comunes.. una de ellas el Parque infantil quedo ubicado exactamentw en frente de nuestro apto. Esto nunca lo informaron en wl momento d la compra. Ahora es muy dificil intentar descansar con el exceso d ruido generado en la misma. Ya hemos solicitado x escrito a la administracion. Ellos nos contestaron que nos apoyaramos con el personal d seguridad pero esto no basta... pues el horario estipulado no siempre lo respetan. Que podemos hacer? Si bien solo nos afecta a quienes estamos en frente. Q documwnto puedo relacionar para exigir al respecto. Muchas gracias.
ResponderEliminarHola Diana, quiero saber si te dieron una respuesta, en éste momento tengo el mismo problema, con la diferencia que aqui quitaron el parque por esos motivos, sin embargo ahora se la pasan recostados en mi pared gritando y riendo, ya he intentado todo con la administración y los de seguridad, pero no pasa nada, nadie hace nada. Agradezco una respuesta
EliminarMi correo patokill18@gmail.com
ResponderEliminargracias.
Buenas, me gustaria saber como hago un derecho de peticion a una administadora que no me deja ingresar al edificio por ser un local comercial, no permite hacer uso de las areas comunes de edificio.
ResponderEliminaremail : adrimar.84@gmail.com. Gracias
La administradora no te puede impedir el uso de las zonas comunes, siempre y cuando se usen para lo que el reglamento determine, esto es no se pueden invadir, no se pueden ubicar elementos alli, no se pueden sacar mesas, sillas, etc.
EliminarBuen dia, tengo una duda, la constructora me dice que no me entrega el apto. hasta que el gobierno no les desembolse el valor correspondiente al subsidio mi casa ya, llevan mas de 3 ese con esa excusa y no puedo seguir pagando la cuota del banco mas arriendo, por favor me pueden asesorar que hacer
ResponderEliminarBuen dia, tengo una duda sobre derecho de petición para solicitar acta de consejo de administración, por parte de un copropietario, cuando en el acta que solicita, esta expresamente determinada la estrategia legal, que se seguirá para proceder a resolver un problema jurídico con este mismo copropietario. No habria alli un conflicto?, No se prodia tener una reserva en este documento ya que trata sobre la controversia juridica con este copropietario.?
ResponderEliminarCordial saludo, deseo saber como puedo redactar un derecho de peticion por la no adjundicacion de un parqueadero comunal por parte de la administracion de un conjunto PH?
ResponderEliminarBuenas tardes, vivo en un edificio que tiene medida cautelar por la Sociedad de Activos Especiales SAE entidad que actualmente ostenta el dominio del inmueble, al momento de arrendar el apartamento el edificio no se encontraba bajo régimen de propiedad horizontal, por lo que en el contrato de arrendamiento se pacto que las cuotas de administración serían pagadas al momento en que se constituyera el régimen d epropiedad horizontal, sin embargo, días atrás se allegó comunicación en la que se indica que se realizara el cobro de cuotas de administración y el retroactivo por el presente año, por medio de llamada a la inmobiliaria se nos informo que aún no se encuentra sometido a propiedad horizontal, por lo que se deduce que no es viable el cobro de estas cuotas. Que se podría hacer para éste caso, como se puede conocer si el edificio constituyo la propiedad horizontal o no, cuando en las comunicaciones recibidas no se ha notificado la constitución de la misma. Agradezco cualquier asesoría para el tema, muchas gracias
ResponderEliminarBUENAS TARDES. LA ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO, NO ME CONTESTÓ EL DERECHO DE PETICIÓN INTERPUESTO. ADELANTARÉ LA GESTIÓN DE INTERPONER, UNA TUTELA. EN QUE JUZGADO DE BOGOTÁ DEBO IR A RADICARLA? GRACIAS
ResponderEliminarBuenos días, el conjunto donde vivo que es de interés social, estrato 3, de 90 casas en total y 40 parqueaderos aproximadamente, el administrador y el comité administrativo llevan ejerciendo 6 años y llevan 3 años proponiendo el proyecto de poner una portería biometrica por imagen lo que cambiaria la estructura de la portería actual, a pesar que que algunos propietarios nos opusimos por considerar que es un gasto excesivo e innecesario en la ultima reunión se aprobó por asamblea, los propietarios hemos dejado de asistir a las reuniones por falta de respeto que se promueve desde la administración, los propietarios que están en el consejo son agresivos contra los que pedimos cambio de administradora y de comité y todo termina levantando la sesión y dando por finalizada la asamblea según ellos por desorden. En conclusión la obra ya va a comenzar; que se puede hacer para frenar este exceso de poder que tiene la admnistradora ya que los propietarios no quieren intervenir por temor.
ResponderEliminarOtras irregularidades:
Tiene personal de aseo sin seguridad social
Para el cuidado de los jardines tiene un señor de la 3 edad sin seguridad social
El mismo señor que que cuida jardines se sube a las terrazas que son a 6mts aporx. sin curso de alturas ni elementos de protección
Promovió en una asamblea que los copropietarios renunciaramos a la herramienta que exige el mantenimiento estructural a cargo de la adminsitración y ahora lo debemos hacer cada propietario
No existe sistema de gestión y seguridad en el trabajo
Parcializo el conjunto de copropietarios generando un ambiente hostil entre vecinos
Entre muchas otras
ResponderEliminarJohanna Garzon Garzon15 de junio de 2017, 7:23
Buenos días, el conjunto donde vivo que es de interés social, estrato 3, de 90 casas en total y 40 parqueaderos aproximadamente, el administrador y el comité administrativo llevan ejerciendo 6 años y llevan 3 años proponiendo el proyecto de poner una portería biometrica por imagen lo que cambiaria la estructura de la portería actual, a pesar que que algunos propietarios nos opusimos por considerar que es un gasto excesivo e innecesario en la ultima reunión se aprobó por asamblea, los propietarios hemos dejado de asistir a las reuniones por falta de respeto que se promueve desde la administración, los propietarios que están en el consejo son agresivos contra los que pedimos cambio de administradora y de comité y todo termina levantando la sesión y dando por finalizada la asamblea según ellos por desorden. En conclusión la obra ya va a comenzar; que se puede hacer para frenar este exceso de poder que tiene la admnistradora ya que los propietarios no quieren intervenir por temor.
Otras irregularidades:
Tiene personal de aseo sin seguridad social
Para el cuidado de los jardines tiene un señor de la 3 edad sin seguridad social
El mismo señor que que cuida jardines se sube a las terrazas que son a 6mts aporx. sin curso de alturas ni elementos de protección
Promovió en una asamblea que los copropietarios renunciaramos a la herramienta que exige el mantenimiento estructural a cargo de la adminsitración y ahora lo debemos hacer cada propietario
No existe sistema de gestión y seguridad en el trabajo
Parcializo el conjunto de copropietarios generando un ambiente hostil entre vecinos
Entre muchas otras
Buenas noches. Es muy frecuente que ocurran irregularidades en los conjuntos residenciales, pero son los copropietarios quienes deben tomar las riendas y velar por su patrimonio. Ponganse de acuerdo los propietarios que saben que se están haciendo mal las cosas e ingresen al próximo consejo de administración para que cambien esos malos manejos.
ResponderEliminarBuenos días , me gustaría saber si puedo interponer un derecho de petición para solicitar a la constructora el no cobro adicional de 5% por cambio de proyecto con la misma constructora, dicho cobro no esta contemplado en la opción unilateral de compra.
ResponderEliminarMuy buen dia, acudo a ustedes para que sea resuelta mi inquietud; resumiendoles hace as de un año estoy en la lucha contra el administrador y el revisor fiscal de un conjunto ubicado en Mosquera/Cundinamarca, a diferencia de muchos casos que he visto en este el presidente de la asamblea es quien esta de la mano con los dos personajes y les deja hacer lo que les venga en gana en el conjunto, a parte de ello el administrador utiliza dos empresas como fachada; hace un mes y medio que mi hermano que es el propietario le solicita los estados financieros pero sacan mil y una excusas para no ser entregados; estoy en proceso de demanda ante el revisor fiscal por la junta central de contadores pero necesito reunir mas pruebas; podrian asesorarme en que documentos debo obtener de la oficina de administrador para que dichos documentos sean entregados e investigados. Muchas gracias
ResponderEliminarBuen Dia, quiero saber como exigo respuesta en reiteradas veces he enviado mis pagos de administracion y la negativa de pago de un cobro de acueducto ya que el constructor no realizo el proceso adecuado para que la empresa de acueducto cobrara a cada apartamento. la administracion la lleva el constructor dado que no ha vendido el 51% aun.
ResponderEliminarAgradezco me puedan guiar como debo actuar.
Buenos días, el conjunto donde vivo que es de interés social, estrato 3,de 408 apto los cuales son 17 torres cada una de 24 aptos los cuales quisiéramos saber como hacer para pedir a la alcaldia de la localidad rafael uribe ya que el parque que nos dio la constructora bolivar no fue el adecuado y quisieramos saber si podemos adquirir un mega parque para nuestro conjunto residencial
ResponderEliminarBuen dia se puede hacer un derecho de peticion oara exigir el pago adeudado por un trabajo realizado?
ResponderEliminargracias
ing7101jsp@hotamil.com
los arrendatarios podemos realizar derechos de petición dirigidos al consejo de administración
ResponderEliminarBuen día
ResponderEliminarQuisiera saber si puedo recuperar mi parqueadero.
Me pase un dia en el pago y el reglamento del conjunto dice que de suceder eso se perderá el uso del parqueadero asignado.
Sali y el consejo lo reasigno.
Ahora el sr. al cual le asignaron mi parqueadero incurrio en la misma falla y no pago a tiempo, pero resullta ser amigo de los de consejo, por lo tanto no lo sansionaron.
mi pregunta
puedo recuperar mi parqueadero?
que debo hacer
Hola,
ResponderEliminarOferta de préstamo en 72 horas.
Hola Tienes problemas financieros? Cuál es el problema con el prestigio de los bancos locales y otras instituciones financieras. Por favor, consulte esta dirección de correo electrónico: servizio.finanza34@gmail.com
Buena tarde, a que entidad puedo copiar en un derecho de petición para solicitar sea revisado el pago de administración de diferentes meses el cual no fue aplicado correctamente y a destiempo y esta falla origino cobro de intereses de mora inexistentes.
ResponderEliminarque pasa cuando se roban una bicicleta en un conjunto de PH y en este la constructora no ha entregado las zonas comunes en especial el bicicletero?
ResponderEliminary la administracion y la seguridad privada manifiesta no tener responsabilidad en el caso.
se puede realizar un derecho de peticion a la administracion para que responda por esta perdida?
el derecho de peticion se debe enviar por correo certificado o se puede enviar por email?
Buenos días, quisiera saber como interpongo un derecho de petición para que me concedan el derecho a usar la zona común donde se encuentra la piscina del conjunto residencial para hacer una celebración del cumpleaños de mi hija, a otras personas se lo han permitido y a nosotros no, la administradora dice que en una reunión decidieron que no se prestaría más pero no se socializó la medida y ya nosotros habiamos comprado todo para hacer la celebración, se solicitó verbalmente se aclaró que no se haría ninguna clase de ruido que incomode a los apartamentos cercanos y será en un horario entre 3 de la tarde y 7 de la noche, pero se niega, mi hija está muy ilusionada y ahora tenemos todo comprado para el tema relacionado con la piscina. Ayudenme por favor
ResponderEliminarSUCEDIO UNA RIÑA A LA ENTRADA DE LA PUERTA PEATONAL DE EL CONJUNTO EN LA CUAL ESTOY RELACIONADA SE LE SOLICITA VR EL VIDEO A LA SEÑORA ADMINISTRADORA Y ELLA NIEGA VERLO Y QUE NO ME LO MUESTRA PORQUE ES UN TEMA DE AMISTAD CON EL AGRESOR QUE DEBO HAcer para poderlo ver
ResponderEliminarBuenas noches que debemos hacer si la constructora no responde x las humedades que se dan x las zonas verdes cerca d los apto de los primeros pisos
ResponderEliminarTengo un apartamento en calidad de arrendatario el cual el Consejo de Administración del Conjunto donde vivo decidió reglamentar el uso de los parqueaderos que son comunales, estableciendo que los mismos solo podrán ser utilizados por los propietarios. Ello en razón de que los cupos de parqueo son insuficientes y no alcanzan para todos.
ResponderEliminarTengo un carro y tuve en cuenta la posibilidad que tenía de estacionar mi vehículo y consideran que es injusto que se de preferencia a los propietarios de apartamentos.mi Pregunta qué derechos tienen y si se les puede excluir del uso de los bienes comunes.
Buena tarde que le respondieron estoy en la misma situación
EliminarTengo un apto en un segundo piso en un conjunto residencial y hay un ruido molesto de día y de noche producido por una moto bomba en el subterráneo. En la noche no me deja dormir bien . En caso de que no me solucionen con un derecho de petición, a qué entidad debo acudir con tutela ?
ResponderEliminarBuenas días tengo una casa en el conjunto y hace 3 meses arreglaron en encerramiento y se tomaron abusivamente la Luz de nuestra casa, provocando un bajonazo de luz y dañando dos de mis electrodomésticos, yo informe en el momento a la administradora y al consejo administrativo, pero ellos inicialmente me dijeron que la póliza de seguro cubría estos daños. Me hicieron pasar cotizaciones y cartas, factura de la reparación de uno de los electrodomésticos. en este momento no me quieren responder por nada. Que debo hacer?
ResponderEliminarBuenos días, una persona ajena a la copropiedad puede colocar un derecho de petición para pedir información sobre políticas contables o temas similares? También me solicitan que indique si la persona jurídica se encuentra legalizada ante las entidades competentes por ley, yo hice el trámite en la alcaldía, la dian y el banco, no sé que otro ente debo acudir.
ResponderEliminarGracias.
QUE DEBO HACER SI EN EL CONJUNTO DONDE VIVO TIENE PROBLEMAS CON EL ALUMBRADO DE ZONAS COMUNES COMO DEBO HACER EL DERECHO DE PETICION.
ResponderEliminarEn el edificio donde resido y soy propietaria SOY LA UNICA QUE NO TIENE PARQUEADERO. Realizaron un cerramiento para parqueaderos comunales. Solicite me atrrendaran uno y ofreci pagar por el arrendamiento pero los propietarios no aceptaron.Ahora estan pidiendo cuota para sistematizar la entrada a sus parqueaderos DEBO PAGAR ESA CUOTA / ADEMAS QUE HAGO PARA QUE ME CONCEDAN UN ESPACIO PARA PARQUEAR?
ResponderEliminarcreo que si no te dierón un parqueadero, es porque ahí hay rosca, los de la asamblea ,haz un derecho de peticion o en tutela,
Eliminarimpugna el acta donde pidan pagar esta cuota, solicita que te excluyan
Buenas tardes soy dueña de el segundo apartamento segundo piso y dueña del 62 por ciento del primer piso siendo una PH tengo el problema que en el primer piso dentro de los linderos entrenados incluso que pertenecen a dicha PH la persona que vive en la planta baja abre un puesto de empanada que me.trae olores fuertes a grasa y daña en ambiente residencial estrato 5 por el cual pago mis impuestos para vivir en un buen ambiente, siendo casi la dueña de los Dos apartamentos sigue abriendo su puesto de frituras de empanadas dentro del mismo. Que puedo hacer, gracias de antemano ya fui al programa de conciliación y del derecho y la respuesta del conciliador fue solamente que pobrecita la señora que siga fritando, sin darse cuenta que de esa manera se inflinje con mis derechos e impuestos que pago para tener una vivienda en acorde a mis derechos la respuesta me parece es una violación de mis derechos como casi dueña de ambos apartamentos y derechos a la Ph.
ResponderEliminardebo hacer un derecho de peticion en contra de la a dministardora donde vivo, que me quiere cobrar una sancion la cual no ejecuto con el debido proceso jamas me llamo a descargos no tiene pruebas, todo lo inventa, ademas se ha vuelto personal, me ataca, deja mi nombre por el piso, debo demnadarla penalmente, ante quien la demando?
ResponderEliminarla ley de propiedad horizontal, se debe reformar, cambiarse ajustarse, por que tiene muchos , vacios, los administardores autoritarios, descarados son intocables, odio los apartamentos, que tristeza uno compra un apartamento para seguir y seguir pagando administardores ladrones, perezosos, derecho a zonas, no esto es la locura
ResponderEliminares increible el ridiculo manual de convivencia, donde administardores y abogaduchos se inventan, unas arbietraridades y unas faltas a todo, que tienes que tener en una fiesta maximo 12 personas, que no puedes hacer casi fiestas, que tienes que bailar en una sola baldosa para poder sentir tu el ritmo d ela musica, porque sino el vecino la escucha y te puede llamr la policia y aparte multarte, MALDITA RECLAMENTACION PROPIEDAD HORIZONTAL
ResponderEliminarEN LOS EDIFICIOS PARECE UNA CARCEL ,NO COMPRAS UN APARTAMENTO, COMPRAS ESTO UNA CARCEL DONDE LAS DECISIONES DE COMO VIVIR DEBES DETERMINARLAS EN GRUPO DE GENTE QUE NO CONOCES, TE DICEN COMO DEBES HACER UNA FIESTA, QUE GENTE DEBES INVITAR, HAS QUE BEBER,A QUE HORAS TERMINAR LA FIESTA, A QUE HORAS APAGAR LA MUSICA, A QUE HORAS ACOSTARTE, QUE NO SE TE CAIGA NADA PARA NO HACER RUIDO, HABRA ALGO QUE MAS QUE TE ROBE TU DERECHO A LA PRIVACIDAD, QUE UNA PROPIEDAD HORIZONTAL !!! vendo apartamento chisga ,lo regalo ja ja, pobres los que son dueños y los tontos que vivimos en uno de ellos
ResponderEliminarAl parecer eres de las personas que tiene poco respeto por las reglas y la cultura y por ende no sabes vivir en comunidad, entonces si te equivocaste al comprar un apartamento en propiedad horizontal, debiste comprar un apartamento o casa en un barrio donde la gente cree que puede hacer lo que sea porque soy dueño de casa y mi vecino no me importa. esta claro que esa es tu ubicación, no donde te pidan que pienses en tu vecino antes de actuar de manera inconciente.
Eliminarquien se invento la ley de propiedad horizontal es dueño de la mayoria de los apartamentos,
ResponderEliminarQuisiera saber , si la asamblea del edificio decreta una cuota ordinaria por 4 meses, igual al valor de la cuota de administración, para pagar prestaciones de empleados que no alcanzaron a cubrirse con el presupuesto, esto se considera cuota ordinaria o cuota extraordinaria y quien debe cubrir su pago , el propietario o el arrendatario ?
ResponderEliminarGracias
Pedi copia al señor administrador de mi conjunto del contrato de arrendamiento del local comercial de uso comunal interno , copia de carta dirigiga al arrendatario actual de dicho local donde se le informa que no se le renueva mas el contrato y el administrador no da copias porq hay una ley que se lo impide, que ley es esa?
ResponderEliminarqué hacer cuando todos los residentes de una unidad residencial que no son propietarios presentan derechos de petición de forma separada y muy frecuentes, como consejo estamos obligados a responder todos los que suscriban?
ResponderEliminarmuy buenas tardes alguien me podria ayudar para saber si puedo pasar un derecho de petición a la administración del conjunto donde yo vivo, ya que me han nego entrar al sorteo de parqueadero, porque el carro de mi esposo , lo ya hace 11 años y al señor que se lo compro traslado la matricula a Villavicencio, y para ingresar al sorteo de parqueaderos nos piden el certificado de libertad, sale mas costosos entre viajes papeles y tiempo. Hemos pasado los papeles y los impuestos del carro que oviamente aparece que son de propiedad de mi esposo.
ResponderEliminarpeo la administracion no los acepta. Como podemos reclamar.
Muchas gracias
Tengo derecho a que la administración del conjunto donde vivo, me responda un derecho de petición que instaure como residente???
ResponderEliminarEs obligación de la administración respoder al derecho de petición, puedes poer una tutela que no necesita abogado, para obligar a responder. Si la administración pune abogado, este lo debe pagar la administración, no los copropietarios por ser obligación de ellos el dar respuesta,
ResponderEliminarBuen Dia, mi apartamento lo tenia arrendado y desocuparon sin darme cuenta y se supone que debe ser con orden o autorización del propietario.. Que puedo hacer ya que se fueron debiendo arriendos servicios, administración y se llevaron las llaves
ResponderEliminarbuena tarde , me gustaria saber si un administrador puede negar docuementos si no esta registrado legalmente ante el invirbu, siendo nombrado por el concejo.
ResponderEliminarUn favor necesito poner un derecho de petición pues se tenía una deuda donde el.año pasado se pago mes a mes para abonar a la deuda y se dejó de.pagar la.administración por unos meses y subió la deuda donde cobran 400.000 pesos mensuales de intereses y no al saldo sino a la.deuda total además la administración sólo son 68.000 porque cobran 400 de administración? Ahora hay un correo que envían diciendo que por la pandemia ellos van a mantener el.acuerdo de pago hasta que todo se normalice y ahora acabo de llamar y no subió un millón de pesos a la deuda que podemos hacer?
ResponderEliminarCobran 400.000 de intereses perdon
ResponderEliminarBuen día, en primera instancia soy arrendataria llevo año y medio viviendo en el conjunto. Y quisiera recibir asesoría de a donde y como interponer un derecho de peticion al conjunto olmo de ciudad Verde ya que el consejo administrativo creo un manual para el uso de los parqueaderos comunales y en varios de los artículos citan que darán prioridad a los copropietarios y si quedan espacios a los arrendatarios. Aún cuando dentro de mi canon de arrendamiento yo pago la cuota de administración y a parte la del parqueadero encuentrandome al día. Y ahora resulta que no puedo hacer uso del parqueadero e u día para otro, sin haber realizado un sorteo y sin recibir notificacion alguna de la administración de que ya no podía disfrutar de este espacio común. Agradezco la orientación que me puedan brindar.
ResponderEliminarEs aterradora la forma como algunos administradores se niegan a entregar los estados de cuenta de los inmuebles a los propietarios, he intentado de forma escrita, por correo electronico y dos semanas despues estoy redactando un derecho de peticion... Lo hago porque necesito cancelar las obligaciones de este año ... Alguna sugerencia?
ResponderEliminarbuenas tardes me pueden ayudar como redacto un derecho de peticion pifiendo a la revisora fiscal cuentas claras mes a mes de mi condominio. ella se va y la asamblea ordinaria que se hizo solo es fue entregando cuentas de 2019
ResponderEliminarBuenas tardes: Quisiera que me ayudaran para redactar un derecho de petición al Conjunto Cerrado donde resido, ya que resido en un primer piso y mi apartamento viene siendo afectado sus cimientos por los aires acondicionados que han instalado los copropietarios y este goteo constante de los aires, caen en la pared y cimientos de mi apartamento especialmente en la habitación principal, la cual viene presentando humedad y deterioro por causa de este inconveniente, sin que a la fecha me hayan dado solución. Este inconveniente ya se ha comentado en las dos últimas Asambleas Generales, que hemos tenido, sin que se haya dado una solución. Gracias.
ResponderEliminarUna persona solicita en derecho de petición copia de documentos en físico y autenticados, y se le dio respuesta mediante correo electrónico enviando la documentación escaneada es válida la respuesta
ResponderEliminarEl administrador es responsable de responder derecho de petición o es el abogado
ResponderEliminarCómo coloco un derecho de petición por qué me llega una comunicación de una multa por estar moviendo cosas y taladrar en horario de 11 p.m a 5 a.m . Ahora tengo una bebé por lo cual no podría estar haciendo ello, laboramos osea que no permanecemos si no los domingos, llegamos cansados a descansar y no tengo ni una solo repisa o le he efectuado modificaciónes en el apto?. Se le indico a la administradora y prácticamente dijo que si lo mandavan era por algo y que ella no puede darme pruebas?.oehir yo no puedo acceder a ellas.
ResponderEliminarbuena tarde, alguien puede ser tan amable de explicarme como debo hacer un derecho de peticion sobre un parqueadero, resulta q tengo dos motos y un parqueadero para moto pero si las acomodo bien no se sale de la linea amarilla las dos quedan denttro del espacio q me correponde la señora de al lado me dice que la debo quitar por q a ella le incomoda al parquear, pero la verdad como digo mis motos no estn invadiendo nada del parqueadero de ella, que debo hacer ??
ResponderEliminarBuenas tardes, deseo saber cómo realizar un derecho de petición para que me normalicen los pago realizados en los desprendibles de administración ya que después de un atraso en pago estoy al día y aún así aparezco en mora, los he pedido en 3 ocaciones por correo y no he tenido respuesta.
ResponderEliminarBuenas noches quiero saber cómo puedo solicitar un segundo parqueadero para mi casa si estoy al día en mis cuotas de administración... agradezco sus
ResponderEliminarcomentarios
Buenos días, me están cobrando cuotas de administración que ya pague. solicite la conciliación y revisión de mi cartera hace mas de 3 meses y aun no recibo respuesta. que medio legal puedo instaurar, necesito formato de derecho de petición o tutela. gracias dianasofi27@hotmail.com
ResponderEliminarBuen día desde hace 4 años la administración de un edificio no hace asamblea ordinaria. Ante quien me quejo, si en varias oportunidades le he pedido al administrador la razón por la cual no ha hecho la asamblea y no he obtenido respuesta alguna
ResponderEliminarBuenas tardes me gustaría saber si la administración me puede sacar mi vehículo del conjunto con grúa ya que soy madre soltera trabajo día a día y ella me esta cobrando 200 por tener el carro hay en el parqueadero hace 11 meses y desde ese momento tengo el carro quieto ya que no he podido comprar seguro ni tencomecanica.le envié unas cartas a la administradora comentando el porque no he podido mover el carro pero la solución de ella es que lo ba a sacar con grúa y un ajente de trancito. Le explique que fui víctima de violencia intrafamiliar y ya divulgó mi caso en todo el conjunto y pues yo se que el parqueadero es comunal y no privado entonces que puedo hacer o que solución tengo para que no retiren mi vehiculo
ResponderEliminarcomo puedo colocar un derecho de petición a una PH, sobre el tema de la asignacion de parqueadero?, puedo pedir estado actual y demas sobre los mismos a tan reiterada negativa.
ResponderEliminarBuenos dias , me gustaria saber si ustedes me pueden colaborar con un derecho de peticion al comite de administracion del edificio, ya que el año pasado en la Asamblea se aprobó una petición que realicé y este año en la Asamble envié mi petición- reclamción por la cuál la administración no realizó ninguna gestión de lo que ya se había aprobado en la ASamblea anterior, no recibí respueta satisfactoria, de hecho, una persona del comité me respondió con algo que no tiene que ver y no me dejaron hablar.
ResponderEliminarBuen Día , me gustaría su ayuda para poder redactar un derecho de petición ya en el conjunto donde actualmente vino a través de un comunicado informa que ya no es permitido la entrada de visitantes con vehículo después de las 7 de la noche y solo permite el paqueo de un solo carro argumentando que el vehículo recolector de basura no puede entrar y perderíamos el servicio. sin embargo tengo entendido que no es obligación de la empresa prestadora del servicio ingresar a una propiedad horizontal, y por donde pasa es una calle donde el administrador tiene en arrendo para parqueo a varias personas que no son del conjunto.
ResponderEliminarBuenas Tardes , agradecerías su colaboración con decirme si la administradora encargada y el nuevo consejo administrativo pueden prestar el salón comunal entre semana para hacer fiesta entre un horario de 7:00 p.m hasta las 2:00 de las madrugada sin poder descansar los propietarios y inquilinos de las torres alrededor del salón comunal.El pase derecho de petición y la contestación que que ellos podían prestar el salón entre semana.
ResponderEliminarBuenas tardes, tengo un apartamento en una unidad cerrada y está ubicado en el último piso, con este invierno me están entrando goteras al apartamento, puse la queja y me dijeron que en 15 días lo arreglaban, ya pasaron los 15 días y aún no lo hacen y me dicen que si quieren que me arreglen los datos ocasionados dentro de mi apartamento debo pagar la póliza, pese a que el daño es por falta de mantenimiento en las cubiertas. Solicito colaboración o que alguien me ayude con esto, ya que estoy desesperada y el administrador no quiere ayudar. Mi correo es lyla16@gmail.com. gracias a cualquier ayuda que me puedan proporcionar.
ResponderEliminarEl administrador de mi edificio ignora mi solicitud de revisar u a humedad que esta afectando techo de mi apartamento, logre conversar con el vecino.. pero dado la ubicación de la humedad parece no la ocasiona su apartamento. Que debo hacer?
ResponderEliminarBuen día. Necesito orientación sobre como hacer un derecho de petición ante el consejo administrativo de propiedad horizontal, pues tengo una deuda con la administración generada a partir de la pandemia, pues dicha realidad me llevó al desempleo, pero nuca negué mi deuda y cuando me hicieron el cobro, les hice una propuesta verbal de pago teniendo en cuenta mis condiciones, lo cual no fue aceptada. La administración pasó el caso a una aboga, la cual en los diálogos sostenida con ella me exige el pago por encima del 70% sobre la deuda para detener el proceso de embargo y firmarme un a cuerdo de pago, lo cual se me hace difícil pagar porque soy madre cabeza de hogar que velo por mi hijo con discapacidad cognitiva y mi mamá con la edad de 82 años. Estaré atento a sus recomendaciones.
ResponderEliminarAque entidad puedo hacer llegar copia de un derecho de peticion echa a un conjunto recidencial
ResponderEliminarLas personerías son las encargadas sino responde el derecho de petición y la acción de tutela
EliminarBuenos días tengo un inconveniente con la administración y consejo desde diciembre vengo pidiendo un estado de cuenta y el paz y salvo de administración pero o asido posible que me lo entreguen, el apt lo tengo desocupado y la inmobiliaria me esta pidiendo estos documentos para poder arrendarlo, yo ya pase un derecho de petición, en caso que no me conteste yo puedo interponer demanda al conjunto o a la administración, ya que me siento perjudicado económicamente para que ellos respondan por estos mese de arriendo
ResponderEliminarBuenas tardes, la presenta es la siguiente; si la persona que funge como presidente del Consejo de Copropietarios se hizo elegir con un poder que anexo a la asamblea ordinaria firmado por una persona que no es propietaria y se le pone de presente a la administradora para que cite a asamblea extraordinaria para proceda nombrar nuevo miembro o proceda a nombrar nuevo presidente, máximo cuando el Consejo esta integrado por cinco personas de las cuales dos ya habían renunciado y se presenta este nuevo hecho. que debe de hacer la administradora en este caso?
ResponderEliminarNecesito ayuda para gestionar una multa injusta en un condominio ,se me multa por parquear en visitantes siendo los vehiculos visitantes es decir no son de mi propiedad 3173806899 gracias alguien que me pueda ayudar
ResponderEliminarBuenos días, quisiera saber cómo realizar un derecho de petición, ya que la administradora no deja entrar domicilios después de las 7, para un trasteo toca sacar todo a la portería porq no deja entrar camiones, he solicitado varias veces el Manuel del conjunto y no hace entrega de este, peor dice q todas esas normas están aprobadas peor no se evidencia en ningún documento, la única respuesta que da es q el supuestamente el Manual están en las escrituras y nunca me ha querido entregar un documento desde administración. Quisiera asesoría por favor para solicitar ese documento ya q deber algo público y dan Miles de vueltas y no han entregado nada. Gracias
ResponderEliminarCómo puedo acceder al doctor correa para una consulta sobre propiedad horizontal?
ResponderEliminarnecesito saqber como puedo hacer un derecho de peticion por la incoformidad y persecion ´por parte del administrador
ResponderEliminarAnónimo buenas tardes, soy copropietaria de un apartamento hace 14 años donde he ido pagando puntualmente y jamás he tenido ningún atraso ni siquiera en pandemia, Mi conjunto es el más grande en el sur oriente de Bogotá, de los cuales hay 5 sectores y en cada uno hay 22 torres y 24 apartamentos, imagínese la cantidad de administración donde se recauda como mínimo el 70% de ahí se cancela la celaduría los toderos , servicio de aseo administragora general y los subadministradores que son 4. Desde ese tiempo para acá no ha habido arreglos en las zonas comunes, y nos han pedido cuotas extraordinarias que para arreglar fachadas y cotización de las terrazas, cosa que dejaron vencer el reclamo con la constructora sobre las goteras que los pisos 6 han sufrido y deteriorado los apartamentos. Quiero saber cada cuanto tiempo se cambian a los del concejo, los de aquí tienen 8 años, ahí siempre los mismos. ¿Cómo pedimos una auditoria y acompañamiento de la alcaldía local y contraloría para que nos ayuden y revisen que han hecho con las administraciones pagadas?
ResponderEliminarBuenas noches
ResponderEliminarSoy copropietaria de un apto y inicialmente creé un grupo de whpast donde están 159 personas que habitamos acá porque este grupo de whpast lo había cerrado la nueva empresa administradora pero me pareció que no debía proqie cerrarse si todos podemos estar debidamente informados , en este mismo grupo ya cumplido un año esta empresa de administradora quisimos unos vecinos unirnos y enviar una encuesta para saber cómo se sienten como los han tratado como le ha parecido la empresa administradora y de una vez el tesorero del consejo respondió que le dejó claro señora tal que el contrato de la administradora ya se renovó automáticamente y de una vez inició la problemática porque no se llevó asamblea y los del mismo consejo no habían firmado un otro si para que ella continuara y se había vencido la fecha pues la administración guardó silencio a mi parece obrando de mala fe para que se renovará automáticamente y ese día se desplegaron molestias de parte de nosotros por whpast sobre la administración inmediatamente nos llegó a todos los que hablamos algo sobre los abusos y malas gestiones nos llegó carta de la administradora que nos solicitaba que nos ratificara lo que habíamos dicho y pidiéramos disculpas las grupo que todo era falso y pidiéramos disculpas… sino en tres días hábiles para responder sino nos denunciaría antes la fiscalía .. mi pregunta es esto porque sucede o como nos podemos defender ante esta situación y hasta le hemos solicitado los contratos que se han celebrado y la administradora dice que estos contratados tiene cláusulas de confidencialidad y no permite que nos revisemos gracias por su orientación quedo atenta cómo podemos seguir con esta revisión y dar respuesta porque nos están violando nuestros derechos gracias